Esta es la clasificación oficial Española de tipos de armas, ordenados según la peligrosidad, características y el destino de cada una de ellas.
Aquí se citan las armas permitidas o autorizadas si tenemos la oportuna licencia de uso de armas.
Armas de fuego cortas. De 1ª Categoría
Aquí se comprenden armas de tipo pistola o revolver. Una pistola es un arma pensada para disparar balas a corta distancia, normalmente con una sola mano. Revolver es algo así como una evolución de las pistolas, para poder realizar disparos varias veces antes de recargar.
Armas de fuego largas. De 2ª Categoría
En este tipo de categoría por así decirlo se clasifican armas con mayor potencia de todas. Donde podemos encontrar armas para caza mayor o permitidos por el gobierno para ejercer labores de vigilancia.
Hablamos de, por ejemplo, la escopeta Franchi SPS 350 que utiliza el cuerpo de la policía nacional para el orden público.
- Armas de fuego largas para vigilancia: Se trata de un arma asignada por el ministerio del Interior para uso en labores de vigilancia y guardería.
- Armas de caza mayor: Hablamos de armas largas rayadas utilizadas para caza de animales de gran envergadura, (al menos eso dice la Wikipedia), mayor que un zorro ordinario. Por ejemplo para caza del jababí, antílopes, osos, elefantes,… etc. También se incluyen las armas de cañón estrado adaptable a las escopetas de caza, que disponen de recámara para cartuchos metálicos.
La excepción aquí es que no se consideran armas de guerra.
Armas de tiro deportivo. De 3ª Categoría
Esta categoría de armas esta enfocada claramente hacia el uso deportivo de las armas, presuponiendo la actividad de la caza como deporte.
Es lógico que la caza menor sea un deporte hoy en día, muy poca gente en España se dedicara a la caza para el sustento alimenticio…
- Armas largas para tiro deportivo: Son armas de calibre del tipo 5,6 milímetros (o 22 americano) usadas con fines deportivos (tiro al plato, por ejemplo).
- Armas largas para caza: Comprenden las escopetas de anima lisa o de cañón rayado (que facilita el plomeo, al girar el proyectil, facilita la dispersión al disparar, en contra de los cañones de ánima lisa).
- Son armas que no deben de estar clasificadas como de guerra.
- Armas accionadas por gas comprimido: Son armas de cañón liso (o rayado) que disparan el proyectil gracias a gas comprimido. Pero la potencia cinética de estas armas no debe superar los 24,2 julios, por lo que hay que consultar al fabricante.
Armas de aire comprimido. De 4ª Categoría
Aquí se clasifican todo tipo de armas de aire comprimido, sean pistolas, revólveres, carabinas o escopetas y que no pertenezcan a la anterior categoría de armas deportivas.
Se podría decir que son las armas más «permisivas» que hay en España, aunque falta la licencia se suelen utilizar para Airsoft y es muy improbable que te multen o te las quiten, ya que se les podría considerar un «juguete» o una replica.
Aunque desde luego es mejor sacarse la correspondiente licencia para evitar cualquier problema.
- Semiautomáticas y de repetición: Aquí entran todo tipo de carabinas y revólveres automáticas y de repetición que no formen parte de la categoría anterior.
- De un solo tiro: Aquí entran todo tipo de carabinas, pistolas o revólveres (no importan si de anima rayada o lisa) que disparan un único tiro, de acción simple y accionadas por aire comprimido.
Armas blancas. De 5ª Categoría
Aquí forman parte todo tipo de armas blancas, vulgarmente llamados cuchillos que no estén prohibidos por la Guardia Civil o Ministerio del Interior. Por ejemplo los cuchillos con hoja superior a 11 centímetros así como otros destinados al uso militar.
- Las armas blancas: De hoja cortante y punzante.
- Machetes o cuchillos militares: Usadas por unidades militares siempre que no sean imitaciones de los mismos.
Armas históricas. De 6ª Categoría
Aquí se clasifican todo tipo de armas que tengan valor histórico o artístico.
A esta categoría por ejemplo pertenecen armas de ministerio de Defensa.
Por lo general recomiendo leer la clasificación de las armas que podéis encontrar en la pagina del ministerio del interior.
Otro tipo de armas. De 7ª Categoría
Este tipo es realmente para clasificar las armas restantes, que por su uso o características no se pueden clasificar dentro de las anteriores categorías.
Es aquí donde encontraremos arcos, ballestas, pistolas para lanzar bengalas o que disparan anestésicos.
- Armas para lanzar anestésicos: Son las armas que vemos en todos los documentales de la 2 y que sirven para lanzar dardos con anestesia para capturar animales con vida.
- Las ballestas: Armas de tipo ballesta, actualmente existen versiones modernas, que no tienen nada que ver con las versiones históricas. Se precisa un permiso de Tipo E. Son silenciosas, muy potentes y de bajo coste. De hecho ocasionalmente se utilizan para fuerzas especiales.
- Armas para lanzamiento de cabos: Armas con sistema Flobert. Son armas donde los cartuchos normalmente no llevan pólvora y se asemejan mucho a los perdigones. Tienen muchísima menos potencia que las armas de fuego tradicionales.
- Los arcos y las ballestas de pesca submarina: Aquí pues se clasifican todo tipo de arcos así como ballestas que se utilizan en la pesca submarina. Cualquier cosa que lance flechas con uso deportivo, exceptuando las ballestas.
- Pistolas detonadoras y lanzabengalas.
el revolver evolucion de la pistola??? que clase de conocimiento tienes de armas jajajajajaj
Las pistolas eran armas de 1 o 2 disparos, al incorporar un tambor giratorio en el revolver, se permitió la repetición de varios disparos.
El revólver fue la evolución de las pistolas de mecha osea del arcabuz y la pistola fue la evolución del revólver porque la primera pistola que se ico fue la c 96 como todos sabemos repito el arcabuz y otros tipos que son de mecha no son considerados pistola como tal
Y yo te recuerdo que no, que las armas de pólvora de disparo único, con o sin mecha, siguen denominándose pistolas, y que la repetición con el desarrollo del tambor fue el revolver.